• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4687/2025
  • Fecha: 22/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión sobre la que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en matizar, reforzar o, eventualmente, corregir o rectificar, la doctrina ya fijada por esta Sala, entre otras en STS de 27 de julio de 2022 (RCA 5544/2021), en relación con las notificaciones realizadas por personal de Correos y los avisos en el correspondiente casillero domiciliario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 5161/2025
  • Fecha: 22/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si el principio de unidad de explotación turística aplicable a las viviendas vacacionales previsto en la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias supone una limitación a la libre prestación de servicios; o si, por el contrario, encuentra amparo y justificación legal en razones de interés general.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8646/2024
  • Fecha: 22/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si se quiebra el principio de equivalencia al exigir acumuladamente dos tasas de actividad, una por la explotación de terminal de contenedores que tiene origen en una concesión administrativa y que se calcula por los "teus movilizados" y la otra por el desarrollo de la actividad de carga, estiba, descarga y desestiba, que tiene su origen en una licencia previa y se calcula en función de las toneladas. O si, por el contrario, se pueden devengar tantas tasas como actividades se desarrollen en función de los distintos títulos que se ostenten por parte del titular. Precisar si la exigencia simultánea de ambas tasas de actividad supone una doble imposición proscrita en nuestro sistema tributario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS QUESADA VAREA
  • Nº Recurso: 4078/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y fija doctrina jurisprudencial en respuesta a la cuestión planteada determinando que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
  • Nº Recurso: 4077/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación y fija como doctrina jurisprudencial, en respuesta a la cuestión casacional, que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
  • Nº Recurso: 424/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. En su sentencia a Sala desestima todas las las alegaciones de la parte recurrente, que van desde los defectos en la tramitación procedimental o la vulneración del principio de jerarquía normativa, hasta la ausencia del proceso de concertación o de motivación en la fijación de los caudales, siendo, precisamente, la presunta arbitrariedad con la que la Administración demandada fijó el régimen y valores de caudales ecológicos en el Plan Hidrológico del Tajo, el motivo principal de impugnación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 4437/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima recuso de casación interpuesto por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que estimó recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira y el Ayuntamiento de Peligro, contra la resolución que acordó la imposición de una sanción y la obligación de indemnizar los daños al dominio público hidráulico. La Sala reitera como doctrina jurisprudencial que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. Voto particular concurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
  • Nº Recurso: 7815/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No resulta posible, en un supuesto en el que se grava únicamente el tendido eléctrico empleado en la actividad de distribución o transporte de energía eléctrica, calificar de forma general y simultánea dicho aprovechamiento como uso privativo y especial intenso y ligero. No es compatible con la regulación legal de las tasas que se emplee, para gravar el aprovechamiento especial, la base imponible prevista para el uso privativo y se apliquen diferentes tipos de gravamen, uno del 5% para supuestos de uso privativo, otro del 3,25% para el aprovechamiento especial intenso y, por último, otro del 1,5% para el aprovechamiento especial ligero, ya que operan sobre la base de cálculo determinada con los criterios propios de la utilización privativa y no con los del aprovechamiento especial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4218/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado frente a sentencia estimatoria de recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir recaída en expediente sancionador en materia de dominio público hidráulico. La Sala en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, reitera que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. Y es que los límites de emisión de vertidos que garanticen la calidad de las aguas solo se consiguen a través de los tratamientos que proporcionan las instalaciones comprometidas y no ejecutadas por una Administración ajena a la Administración sancionada, circunstancia que excluye la antijuricidad de la conducta. Por tanto, en el supuesto examinado concurre la exención de responsabilidad del consorcio y del ayuntamiento sancionados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 5293/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado frente a sentencia estimatoria de recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir recaída en expediente sancionador en materia de dominio público hidráulico. La Sala en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, reitera que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. Y es que los límites de emisión de vertidos que garanticen la calidad de las aguas solo se consiguen a través de los tratamientos que proporcionan las instalaciones comprometidas y no ejecutadas por una Administración ajena a la Administración sancionada, circunstancia que excluye la antijuricidad de la conducta. Por tanto, en el supuesto examinado concurre la exención de responsabilidad de la empresa municipal sancionada.

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